Este miércoles, 20 de enero de 2016, se recibió la sentencia del recurso en Segunda Instancia, de la Audiencia Provincial de Ayala, España en la cual desestima el recurso de apelación que la Asociación Cultural Deportiva EBA (European Boxing Association) interpuso contra la sentencia a favor en la demanda contra la Asociación Mundial de Boxeo en el año 2013.
La demanda, que inició hace tres años, se debe al reclamo, por parte de EBA, de beneficios económicos alegando una relación de trabajo con la AMB, que el organismo ha demostrado en dos procesos legales que tales acusaciones no son ciertas.
La primera sentencia, firmada por el magistrado juez José Núñez Corral, desestimó el reclamo de EBA y agregó que debían pagar los gastos relacionados con la defensa (costas), debido a que las pruebas presentadas por los demandantes no comprobaban los motivos de su solicitud.
En el recurso de apelación, presentando por EBA, insistieron que todos los combates realizados en Europa se debieron a su actividad. Además, plantearon supuestas contradicciones en la sentencia inicial, e inconsistencias en la prueba pericial. Por su parte, la Asociación Mundial de Boxeo se opuso por falta de jurisdicción y reiteró los argumentos planteados anteriormente por no existir la figura legal de contrato de agencia con la EBA, según lo establece el reglamento y los estatutos del organismo.
Sin embargo, aún hay dos recursos extraordinarios que EBA puede ejercer en un lapso de 20 días.